-
Poseer la
nacionalidad española.
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No estar
privado de los derechos civiles.
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Acreditar
buena conducta ciudadana, conforme a lo establecido en la Ley
68/1980, de 1 de diciembre, sobre expedición de certificaciones e
informes sobre conducta ciudadana.
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Carecer de
antecedentes penales.
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No haber
sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado
con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
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Compromiso
de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas.
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Tener
cumplidos dieciocho años de edad y no haber cumplido ni cumplir los
treinta dentro del año en que se publique la Resolución por la que
se convoquen las pruebas selectivas.
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Poseer la
aptitud psicofísica necesaria, que será acreditada mediante la
superación de las pruebas establecidas en la convocatoria.
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Estar en
posesión o en condiciones de obtener, antes de que finalice el plazo
de admisión de instancias, el título de Graduado en Educación
Secundaria o titulación equivalente o superior, o bien de acreditar
la prueba de acceso que recoge el artículo 41 de la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación, referida al acceso a la
Formación Profesional.
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Estar en
posesión del permiso de conducción clase B, o en condiciones de
obtenerlo en el plazo de presentación de solicitudes.
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Estatura
mínima de 1´65 metros los hombres y 1´60 las mujeres.